La medida podría permitir, por primera vez, la venta legal de marihuana bajo receta médica. El decreto contempla restricciones sanitarias, control del THC y participación exclusiva de pequeños cultivadores en el mercado interno durante los primeros dos años.
El pasado 28 de julio, fue filtrado por la prensa colombiana el borrador del decreto que permitiría la venta legal de cogollos de cannabis en farmacias de dicho país. El documento, redactado por el Ministerio de Justicia colombiano, incluye tanto restricciones en la cantidad de THC, el formato de consumo permitido y quienes pueden abastecer el mercado local.
De acuerdo con lo publicado por El Tiempo y El Colombiano, el borrador del decreto establece que el cannabis vendido sólo podrá consumirse por vía inhalada, ya sea fumado o vaporizado, lo que excluye otros formatos como aceites o comestibles. En el caso de productos cuyo contenido de THC supere el 1 % serán considerados como medicamentos de control especial, lo que implica prescripción obligatoria.
El cannabis podrá indicarse para tratar afecciones como dolor crónico, insomnio, párkinson o esclerosis múltiple. El uso médico requerirá de dispositivos específicos que permitan controlar la dosis inhalada, como vaporizadores clínicos.
Otro de los puntos clave, es que establece un periodo de transición de dos años durante el cual solo los micro, pequeños y medianos cultivadores podrán abastecer el mercado interno. Esta medida busca fomentar la participación de actores locales y evitar la concentración de la industria en grandes empresas.
Las licencias de cultivo seguirán siendo entregadas por la Subdirección de Control y Fiscalización de Sustancias Químicas y Estupefacientes, dependiente del Ministerio de Justicia. Además, se permitirá destinar parte del cannabis ya producido para exportación al mercado nacional, siempre que cumpla los requisitos técnicos y sanitarios establecidos.
Uno de los principales impulsores de esta regulación es el representante Juan Carlos Losada, militante del Partido Liberal Colombiano, el cual valoró el avance del proyecto, pero sostuvo a El Tiempo que “debería haberse publicado el primer año de gobierno”. También advirtió que de no firmarse pronto, su implementación podría quedar en manos de una futura administración.
¿Cómo se llegó a este proceso? En 1994, la Corte Constitucional de Colombia despenalizó la posesión de dosis personales de marihuana, siendo parte del derecho al libre desarrollo personal. Esta medida se consolidó en 2012, estableciendo portar hasta 20 gramos o cultivar 20 plantas legalmente. El 2016, se dio un giro clave al promulgar la Ley 1787, que permitió el uso medicinal y científico del cannabis, posicionando a Colombia como uno de los pioneros en la regulación del cannabis medicinal en América Latina.
El nuevo decreto representa un cambio en la política de salud pública colombiana, al reconocer un valor terapéutico en el cannabis. Si se firma, podría abrir la puerta a un mercado interno con reglas claras para la producción, venta y prescripción. Su implementación dependerá de múltiples factores, desde capacitación médica y el desarrollo de dispositivos adecuados, hasta la voluntad política de mantener el proceso activo más allá del gobierno actual.
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ESE MIEDO INEXPUGNABLE
— En Volá (@en_vola) March 20, 2025
a limpiarse la cara con la misma parte de la toalla con la que te limpiaste el culo.